A-AA+
Personal de docencia, administrativo o alumnado que cometa violencia, acoso y hostigamiento sexual en la UASLP, puede ser sancionado con amonestación pública o privada, suspensión escolar o académica, expulsión escolar definitiva, pero la Comisión Investigadora podrá recomendar otras medidas como rescisión laboral, según establece el protocolo de entrada para prevenir, atender, intervenir, sancionar y erradicar dichas acciones en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
El documento “actualizado” el 28 de noviembre de 2019, y publicado en la página web de la UASLP recientemente, explica que la citada Comisión también puede sugerir: requerimiento de disculpa pública o privada; apercibimiento; inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones; destitución del puesto, cargo o comisión; y las demás que se consideren necesarias y/o pertinentes de acuerdo a la normativa universitaria.
Advierte que constituirán conductas agravantes de la sanción: la reincidencia o contumacia, que la persona acosada u hostigada sea menor de edad o que sufra alguna discapacidad física o mental y otros grupos vulnerables que señale este protocolo.
El procedimiento explica que la referida Comisión será integrada y determinada por el recinto universitario en donde se den los hechos materia del mismo, coordinado por la Dirección de Fortalecimiento Humano.
Describe que, en el caso de suscitarse en escuelas, facultades, coordinaciones de región, unidades académicas e institutos de investigación, se integrará por las personas titulares de la Secretaría General, la Secretaría Escolar, la Coordinación de carrera o programa académico.
A su vez, en las dependencias de la Administración Central, será conformada por el titular de la dependencia de adscripción de la persona quejosa, el jefe de la División de Desarrollo Humano, el jefe del Departamento de Personal y tres especialistas en las distintas disciplinas que inciden en los temas de acoso y de hostigamiento sexual con perspectiva de género.
Informa que las quejas pueden interponerse vía electrónica, por escrito libre o mediante buzón de su entidad o en la página web de la UASLP; por escrito y depositadas en el buzón de la oficina de la Defensoría de los Derechos Universitarios; de forma personal en dicha Defensoría.








