Desecha TEESLP impugnación contra Patricia Aradillas en Villa de Pozos
La designación del Concejo Municipal no es un acto electoral, dice la resolución

Foto: Archivo
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEE) desechó por improcedente el proyecto de resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido contra la designación de la diputada con licencia Patricia Aradillas como concejal presidenta de Villa de Pozos, al considerar que carece de competencia, al no tratarse de una designación de orden electoral.
Los expedientes TESLP/JDC/119/2025, TESLP/JDC/120/2025 y TESLP/JDC/121/2025 fueron promovidos por Justino Rodríguez Castro y otros en contra de diversos actos del Congreso del Estado y del Consejo Municipal de Villa de Pozos.
La ponente instructora, magistrada María Carolina López Rodríguez, explicó que este tribunal carece de competencia para conocer y resolver las pretensiones de los promoventes.
El proyecto, tras la acumulación de los juicios, declara improcedente el medio de impugnación, debido a que no se trata de un acto formalmente electoral, ya que las autoridades responsables no tienen funciones de organización de elecciones, sino legislativas en el caso del Congreso y ejecutivas en el caso del Concejo Municipal.
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Asimismo, la magistrada señaló que se trata de un acto que no es materialmente electoral, pues, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no se surte la materia electoral ni de modo directo ni indirecto. Esto se debe a que la designación del Concejo Municipal no proviene de un ejercicio del voto popular, sino de una designación de naturaleza parlamentaria.
Durante la sesión, las magistradas Dennise Porras Guerrero, María Carolina López Rodríguez, y el magistrado José Firmán García Badillo votaron a favor del proyecto, el cual fue aprobado por unanimidad. Se declaró procedente la acumulación de los juicios y se desechó la demanda presentada por Justino Rodríguez Castro.
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