Ilegal, que el SAT niegue devolución

Verificar que el contribuyente cuente con los comprobantes fiscales como el pago que dan origen al Impuesto al Valor Agregado (IVA) acreditable, una contabilidad exacta y revisar que los papeles de trabajo estén entendibles para la autoridad hacendaria y sobre todo llevar a cabo contratos con los proveedores; son las recomendaciones que propone el contador fiscalista Joel Hernández Cardona, para que las empresas eviten toparse con problemas al momento de solicitar la devolución del IVA.
En el momento que la autoridad deniega una devolución que se presente de forma correcta tendría que acudir a tribunales para impugnar la negación al derecho del artículo 22 del Código Fiscal de la federación, o bien, recurrir a la Ley de Derechos del Contribuyente donde se tendría que realizar un juicio contencioso administrativo.
Cuando un contribuyente realice el proceso para la devolución del IVA, la autoridad podrá realizar compulsas que viene siendo una auditoria al proveedor para revisar que haya cumplido correctamente con sus obligaciones tributarias, además realizara cuestionarios de por qué existe una relación económica entre cliente-proveedor.
En estricto sentido, es ilegal que la autoridad rechace la devolución porque el proveedor no haya cumplido su parte, al fin de cuenta los contribuyentes no deberían vigilar el cumplimiento de los proveedores o incluso de los clientes.
Lamentablemente la autoridad hacendaria, está vigilando cada vez el comportamiento del contribuyente y sobre todo la materialidad de las operaciones y más aún cuando los empresarios solicitan la devolución, el SAT cuestiona que esas operaciones hayan existido, por lo que esta acción está derivando a que empresas que pierdan flujo de efectivo o lleven a cabo procesos legales que pueden ser extensos para su recuperación de su saldo a favor, puntualizó.
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