Memorándum sobre reforma educativa "es un acto propio de un régimen despótico": Juárez Córdova

Afirma que es un acto que carece de legalidad

Memorándum sobre reforma educativa es un acto propio de un régimen despótico: Juárez Córdova

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“El memorándum del Presidente de la República para dejar sin efecto la reforma educativa es un acto propio de un régimen despótico”, afirmó el diputado Martín Juárez Córdova, quien señaló que el Ejecutivo federal pretender derogar la Reforma Constitucional Educativa 2013 es un acto que carece de legalidad.

"El presidente López Obrador está actuando de manera autoritaria frente a la Constitución que juró respetar y hacer respetar (artículo 128 constitucional), transgrediendo el estado de derecho. Es una muestra más de su desconocimiento y desprecio por el orden jurídico”.

Juárez Córdova resaltó que el Presidente no puede dar la instrucción de “dejar sin efecto” leyes que han sido aprobadas por el Congreso de la Unión y que se encuentran en plena vigencia, “así nada más porque se le ocurre.”

Recordó que el pasado 27 de marzo, con base en la iniciativa presidencial, fue aprobado un dictamen por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, “es preocupante que el proceso legislativo de la Reforma Constitucional, que está en curso a partir de la iniciativa presidencial enviada, haya sido interrumpido por las negociaciones con la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), con la que se comprometió a ojos cerrados con tal de tener sus votos, y hoy en justa retribución le exigen que cumpla”.

Juárez Córdova sostuvo que mediante ese memorándum, López Obrador justifica la incapacidad de su gobierno y de sus secretarios, “según el texto del documento, se realiza porque no ha sido posible hasta la fecha alcanzar un acuerdo entre el Legislativo y los distintos sectores del gremio magisterial para derogar la reforma educativa y reemplazarla por un marco legal satisfactorio, útil y funcional”, apuntó.

Por otra parte, señaló que esta acción unilateral, vulnera la división de poderes (art. 49 constitucional) y las potestades del Órgano Revisor de la Constitución, ya que de acuerdo a sus disposiciones y los principios fundamentales de la democracia, no se pueden reunir más de dos poderes en una sola persona.