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No prosperan en SGS acusaciones de SíxSL vs. el PV

Por Rubén Pacheco

Julio 22, 2021 03:00 a.m.

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La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó modificar los resultados del acta de cómputo del Distrito 2 federal, porque en nueve casillas se demostró la causa de nulidad de recepción de la votación por personas distintas a las legalmente autorizadas.

En contraste, precisó que en 64 casillas de dicho distrito federal, no se validó la anulación de los votos recibidos por personas distintas a las autorizadas; y en una un ciudadano haya sufragado sin autorización.

Pese a lo antes precisado, confirmó el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de Juan Manuel Navarro Muñiz, candidato electo a diputado federal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), al no cambiar el ganador.

Además, validó la elección, dado que no se justificó la causa de su nulidad porque no se demostró la trascendencia concreta de la aparición de influencers, ni la nulidad en un número determinante de casillas.

Lo anterior forma parte de las resoluciones al tratar los juicios de inconformidad, presentados por el Partido Encuentro Solidario (PES) y de la Revolución Democrática (PRD), radicados en los expedientes SM-JIN-68/2021 Y SM-JIN-67/2021, respectivamente.

Parte de las causales de nulidad esgrimidas en este caso son parte de las objeciones que ha realizado la Coalición Sí por San Luis a los resultados de la elección estatal, que le dieron el triunfo al candidato del Partido Verde Ecologista de México Ricardo Gallardo Cardona.