Omite Tránsito sancionar uso de luz excesiva

Dentro de las faltas al Reglamento de Tránsito vigente en el municipio de la capital, que parecen “letra muerta”, se encuentra el uso de luces excesivas en automotores que, durante la noche, deslumbran a otros conductores y generan riesgos constantes de accidentes.
La norma vigente consigna en su lista de faltas, los numerales 51 y 52. El primero, señala como falta “hacer uso de dispositivos extra de iluminación que deslumbren o molesten a terceros, mientras que el segundo prohíbe la “luz excesiva o faros desviados”.
Para el numeral 51, la Ley de Ingresos 2023 del Ayuntamiento capitalino define una sanción de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a mil 37.40 pesos, mientras que para el numeral 52, la misma Ley contempla una multa de sólo seis UMA o 622.44 pesos.
Quizás por lo poco significativo de esas sanciones, que además casi no se aplican en términos prácticos, cientos de conductores en esta ciudad cuentan con luces por demás excesivas en sus vehículos, que “parece que van circulando en carretera” y que deslumbran a los demás conductores, incrementando las posibilidades de un accidente.
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