Ratifican sentencia contra L. Serrato

En acatamiento a lo dispuesto en el fallo de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Electoral del Estado ratificó la sentencia de violencia de género en contra de Leonel Serrato Sánchez, excandidato a presidente municipal capitalino por la coalición “Juntos Haremos Historia” por hechos de 2017 y lo exoneró por un asunto de la misma índole, pero ocurrido en 2020.
La resolución del organismo jurisdiccional estableció que Serrato Sánchez sólo pagará una multa de 20 días de salario mínimo, equivalente a mil 462.08 pesos, de acuerdo con la legislación electoral vigente en abril de 2017.
Además, deberá atender las medidas cautelares, de protección y de reparación del daño, a fin de no repetir las declaraciones misóginas en contra de la militante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que lo acusó, ni de ninguna otra mujer.
El exabanderado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) fue penalizado porque en abril de 2017 comentarios misóginos contra María Rebeca Terán Guevara, entonces diputada priista; en cambio se le absolvió de lo dicho en diciembre de 2020, al atribuirle adjetivos de “ratera” y ladrona”.
La Sala Regional del TEPJF argumentó que el incidente de 2020 no se considera como violencia política de género, porque, si bien hubo manifestaciones fuertes, molestas e incluso duras, no se consta que se expresó por el hecho de ser mujer.
En cuanto a lo severas que pudieran ser, enfatizó que, al contextualizar en un proceso de contienda electoral, quedan inmersas como parte del debate político.
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