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Es urgente vincular la seguridad vial con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y considerarla como un aspecto de seguridad pública en forma compartida de todos los niveles de gobierno y no como un aspecto de salud, consideró el asesor de seguridad, Francisco Javier Salazar Soni, como parte de su postura en el Quinto Foro Regional de Seguridad Vial, organizado por el Senado de la República.
El artículo 21 fue reformado en el periodo de gracia establecido el 18 de junio de 2008 el 18 de junio de 2016, plazo para la implementación del sistema penal acusatorio, oral y adversarial en materia de seguridad pública, y las competencias de las diversas corporaciones de todos los niveles de gobierno, para intervenir como primeros respondientes en una escena de delito.
Dijo que las instituciones que representan un nivel de confianza mucho más significativo son las policías de tránsito y por ello, es necesario primero modificar el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que no sea una función meramente de los más de 2500 municipios del país, sino que se vea desde un punto de vista de agentes de movilidad y agentes de vialidad, técnicos en la materia que tengan la facilidad de proximidad con la sociedad y no sea solamente un acto recaudatorio o corruptor del sistema de seguridad.
Comentó que incluso esta proximidad de todas las corporaciones policiales con facultades nuevas, permitiría que sean los primeros respondientes durante algún siniestro y por ejemplo, fijen sus propias zonas de restricción de paso cuando toman conocimiento, un hecho que requiere de tratamiento en materia de seguridad o de investigación ministerial.
Dijo que entonces, sería más fácil la oportuna intervención cuando alguien infringe el Reglamento o la propia Ley de Tránsito y entonces, habría varias autoridades ejecutoras, porque ahora lo que hay es un desperdicio y una falta de políticas públicas.