TEPJF revocó la sentencia del TEE en caso de regidora local del PAN

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), que consideraba que María Eugenia Castro Anguiano no cumple los requisitos de elegibilidad como regidora de representación proporcional del Ayuntamiento capitalino por el Partido Acción Nacional (PAN).
En sesión plenaria virtual, el colegiado atendió la impugnación presentada por Castro Anguiano, cuyo asunto fue radicado en expediente con número de identificación SM-JDC-776/2021.
Al abordar el medio, resolvió que, ante la posible emisión de un acto de privación (como es la declaración de inegibilidad), el TEE tenía el deber de pronunciarse por las pruebas aportadas por la impugnante en su calidad de tercera interesada en la instancia local.
Por ello, instruyó al órgano jurisdiccional potosino emitir una nueva resolución tomando tales consideraciones. Así lo argumentó con base en la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Sala Superior del TEPJF.
El 25 de julio pasado, el TEE consideró inelegible a Castro Anguiano, con lo cual ordenó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) modificar la designación. Tal cambio se dio a finales de julio, donde se asignó a Scanda Guadalupe Aranda Escalante.
En su fallo, el TEE dispuso que Castro Anguiano, al no acreditar que es vecina del municipio de San Luis Potosí con una residencia efectiva de dos años previos a su designación, resulta inelegible, pues no satisface el requisito del artículo 115 fracción II de la ley Orgánica del Municipio Libre del Estado.
Derivado de la destitución, Castro Anguiano denunció a Aranda Escalante ante la Fiscalía General del Estado (FGE) por el delito por el uso de documento falso o alterado, referente a la utilización de documentación en el recurso de impugnación.
no te pierdas estas noticias






