"Residencia no impide pensión de Bienestar", dice SCJN
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el lugar de residencia no es impedimento para acceder al programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad de la Secretaría del Bienestar.
Los ministros ampararon a dos personas con discapacidad para que la Secretaría del Bienestar, encabezada por Ariadna Montiel, resuelva sobre la procedencia de su incorporación a dicho programa, del que fueron excluidas, pues habitar fuera de una comunidad indígena no es razón absoluta e invencible.
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