SCJN avala que comunidades indígenas queden exentas de pagar internet
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que a las comunidades indígenas no se les debe cobrar el servicio de Internet.
Durante la sesión de la Primera Sala de la Corte, los ministros aprobaron la propuesta de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para declarar que los pueblos indígenas tienen derecho a acciones afirmativas en materia de telecomunicaciones, por lo que no es justificable que se les cobre la tarifa para acceder al servicio de internet.
La impugnación del IFT llevó el asunto hasta la Corte donde hoy los ministros dieron la razón a los pueblos indígenas.
"Existe una obligación constitucional de asistir a los pueblos y comunidades indígenas con acciones afirmativas tanto en las condiciones de adquisición como de operación de las concesiones, las cuales se han regulado en su favor como sociales y de uso indígena", resolvió por unanimidad la Primera Sala.