Regalos

En México, como en América Latina, cuando se nos invita a un convivio para festejar una fecha importante sea familiar, de amigos o de trabajo, es un comportamiento común acudir con un regalo, no importa su costo, lo relevante es que se percibe como una muestra de amistad, de cariño, de aprecio personal; también se hace como un acto de agradecimiento por un favor personal recibido, es una conducta normalizada y aceptada en nuestras relaciones sociales, en términos de nuestra vida personal, es una norma social legitimada. 

El sentido de los regalos se transforma cuando se interactúa en el ámbito público, cuando hay relaciones entre servidores públicos, en ese contexto tiene otra connotación, es señal de una acto de corrupción; el 19 de julio de 2017, con fundamento en los artículos 7 fracción II, 40, 52 y 66 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Secretaría de la Función Pública, en su comunicado 131, dio a conocer que las personas servidoras públicas deberán abstenerse de exigir, aceptar u obtener cualquier tipo de regalo, obsequio o dádiva indebido con motivo de sus funciones.

Antes del 19 de julio de 2017, la Ley permitía a los servidores públicos recibir obsequios, siempre que éstos no excedieran el valor de diez veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México; pero después de esta fecha, ya no se les permite recibir ningún regalo, por sí o a través de terceros. La misma prohibición aplica para el cónyuge, parientes consanguíneos o terceros con quien los funcionarios tengan relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que formen parte.

En caso de recibir regalos estarían incurriendo en una falta administrativa grave, que podría ser castigada con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público, a juicio del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En caso de que los servidores públicos, sin solicitarlo, reciban de un particular un regalo, con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo inmediatamente a la Secretaría de la Función Pública.

Si el obsequio se trata de un bien, los servidores públicos los deberán entregar al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. Si el regalo es prometido, ofrecido, o entregado por un particular, éste también puede incurrir, incluso, en cohecho, mismo que será sancionado en los términos de la Ley de General de Responsabilidades Administrativas. De la misma manera, el servidor público incurrirá en cohecho en caso que acepte o pretenda aceptar cualquier tipo de obsequio.

La tendencia internacional apunta a regular que los funcionarios no deben aceptar ningún regalo por muy pequeño que éste sea; en México vamos en este mismo sentido,  ya que en el servicio público, los regalos se relacionan con la deshonestidad; por sí mismos no son un acto de corrupción, pero pueden tener consecuencias en la imparcialidad del comportamiento de los funcionarios, pero sobre todo si se considera que los pequeños actos se pueden incrementar y pueden ser más costosos que los grandes, en cuanto a deshonestidad y corrupción en las acciones de gobierno.

En México, muchas veces actuamos de manera automática y sin malas intenciones con nuestros amigos y familiares que son servidores públicos, y tenemos pequeños detalles para ellos, pero nunca tenemos presente las condiciones éticas de nuestros actos. En el caso de los servidores públicos no siempre se considera el efecto de los regalos, aun los más simbólicos; generalmente en la vida pública a estos regalos se les considera como actos deshonestos vinculados con la corrupción.

El sentido de vincular los regalos con la corrupción y tomar medidas al respecto tiene sus fundamentos de que en México la tasa de corrupción supera a la tasa de asaltos; según INEGI, en 2017 la tasa de incidencia de corrupción fue de 25,541 delitos por cada 100,000 habitante, en tanto que la de robo a transeúnte o en transporte público fue: 11,081 delitos por cada 100,000 habitantes (véase gráfica), por ello el Sistema Nacional Anticorrupción ha declarado cero tolerancia a otorgar regalos a los funcionarios públicos.

Según INEGI, 9 de cada 10 mexicanos que viven en áreas urbanas percibe que la corrupción es una “práctica frecuente” entre los servidores públicos, quienes buscan obtener beneficios personales como son los regalos; su combate ha sido un proceso lento y complicado, hacia finales de 2018 solo 14 entidades federativas habían incorporado en su totalidad la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, en el resto de los estados se ha dado todo un enfrentamiento entre los actores políticos locales por controlar los Sistemas Estatales Anticorrupción.

Según las ciencias del comportamiento, los individuos tendemos a tener una atención limitada a las consideraciones éticas de nuestros actos, por lo tanto, situaciones normalizadas en la sociedad nos pueden conducir a tomar decisiones poco éticas, como es el caso de los regalos a los funcionarios públicos, mostrar nuestro afecto de manera material hacia los servidores públicos trae consecuencias inesperadas, lo cual cobra relevancia en un contexto de bajos niveles de credibilidad de los actos gubernamentales.

En síntesis, en la vida pública de los funcionarios de la administración pública, recibir regalos se considera como actos deshonestos vinculados con la corrupción, por lo que se ha implementado un marco jurídico que ignoramos de manera sistemática; en la vida personal nuestro afecto lo demostramos con un regalo, pero en la vida pública las consecuencias éticas son de grandes dimensiones, por lo que ha llegado el momento de declarar la “cero tolerancia” y establecer una relación más racional que emocional, más diplomática en lugar de adulación  con los funcionarios públicos. 

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