Aprueban en SLP versión local de Ley Olimpia; difusión de imágenes íntimas se castigará hasta con 6 años de cárcel

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Aprueban en SLP versión local de Ley Olimpia; difusión de imágenes íntimas se castigará hasta con 6 años de cárcel

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En su última sesión previa a la cuarentena por el Covid-19, el Congreso del Estado aprobó cambios al Código Penal del Estado y a Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para dar entrada a la versión local de la Ley Olimpia, iniciativa que castigará la difusión de imágenes íntimas por cualquier medio, principalmente electrónico.

La iniciativa fue presentada por la diputada Paola Alejandra Arreola Nieto (PT), aunque a ella se sumaron propuestas similares de la legisladora Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez (PRI) y del diputado Rolando Hervert Lara (PAN).

Las sanciones incluyen seis años de prisión a los infractores y establecer la inhabilitación cuando quien cometa el delito sea un servidor público.

La iniciativa fue aprobada de manera unánime con 23 votos de los congresistas presentes. De esta manera, el párrafo primero del artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, quedará como sigue: "Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, por medios impresos, de las Tecnologías de la Información y Telecomunicación (TICs), redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier otro medio o espacio digital, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión". 

Este delito se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización.

“Lo que hoy se conoce como Ley Olimpia, ha sido aprobada ya en muchos estados de la República para sancionar y endurecer las penas por la difusión ilícita de imágenes como contenido sexual sin el consentimiento de la víctima. Lo anterior es un gran avance en torno a la práctica que es tan recurrente en la actualidad debido al mal uso de las nuevas tecnologías, lo que muchas veces se traduce en una pornovenganza digital, el ciber acoso, o sexting, debido a la facilidad de difundir imágenes aparentemente sin consecuencias dañando la vida de muchas personas”, explicó la legisladora proponente.

En las sanciones también se incluye a los servidores públicos quienes podrán ser inhabilitados de todos sus derechos en caso de ser responsable de una acción esta naturaleza, informó la diputada Paola Arreola Nieto quien consideró que, hay confianza en que se obtendrán los votos suficientes en el pleno para la aprobación de este dictamen.