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En San Luis Potosí la ciudadanía no tiene atribuciones para realizar denuncias de tipo ambiental, pues la legislación le entrega esa atribución en exclusiva a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam), señaló el abogado Jorge Chessal Palau.
En su participación dentro del Primer Congreso de Aire y Salud, el litigante describió el andamiaje legal para la denuncia de delitos ambientales de San Luis como “un complejo laberinto” en el que “en donde parece que resulta más sencillo, mejor no denunciar, en pocas palabras, no hacer nada”.
En su conferencia “Los aspectos administrativos y penales de la mala calidad del aire”, Chessal Palau describió la contradicción de que la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece que cualquier persona puede denunciar un delito, lo que convierte a los ciudadanos en potenciales víctimas de crímenes ambientales.
Sin embargo, acotó Chessal Palau, en la legislación estatal, los delitos en materia ambiental se presentan por querella, por lo que los ciudadanos no pueden reclamar un delito ambiental a menos que lo haga la Segam.
“Es decir”, dijo, “mi salud, mi integridad, mi derecho al medio ambiente sano dependen, en San Luis Potosí que la Segam presente la denuncia, porque en San Luis Potosí a los ciudadanos no se nos reconoce la naturaleza de victima en la Ley Ambiental del Estado”.
Como la ley federal sí lo permite, explicó, se genera la paradoja de que el ciudadano puede ser víctima de un delito ambiental, y exigir la reparación del daño, pero al ser una autoridad la única facultada para denunciar, la víctima no tiene la posibilidad de echar a andar la maquinaria judicial para que esto suceda.
Esta situación, descrita como un “complejo laberinto” es uno de los grandes problemas que tiene la regulación de las sanciones en cuanto al medio ambiente, concluyó.