Determina TEPJF que Romero Calzada no incurrió en actos anticipados de campaña

Determina TEPJF que Romero Calzada no incurrió en actos anticipados de campaña

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Un ciudadano denunció a José Luis Romero Calzada, entonces candidato de la coalición “Todos por México” a diputado federal en San Luis Potosí por el distrito 2, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, a través de la exhibición de propaganda en un anuncio espectacular y tres autobuses de transporte público.

No obstante, mediante un comunicado emitido este viernes, se informó que el Pleno de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que no se acreditó la falta denunciada.

De acuerdo con la resolución, el tribunal consideró que:

• La propaganda no contenía un mensaje que buscara posicionar favorablemente al denunciado, en detrimento de alguno de sus opositores.

• Los elementos publicitarios contenían características que, a simple vista, podían ser confundidos con propaganda comercial de la industria automotriz, más que con la contienda electoral.

• En la propaganda no había referencias expresas al candidato denunciado o a su opositor, alusiones a alguna de las etapas del proceso electoral ni promesas de campaña. Por esta razón no se advirtió el fin univoco e inequívoco, que deben concurrir para actualizar los actos anticipados de campaña.

• Con base en dichas consideraciones se determinó que no se actualizó el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña que se contempla en la jurisprudencia 4/2018 de la Sala Superior, de rubro: “Actos anticipados de precampaña o campaña. Para acreditar el elemento subjetivo se requiere que el mensaje sea explícito o inequívoco respecto a su finalidad electoral (legislación del Estado de México y similares)”.