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IMSS analiza recomendación de la CNDH por deficiente atención médica en Zapata

Por PULSO

Diciembre 13, 2021 07:58 p.m.

- Según derechos humanos, la omisión y malas prácticas provocaron daño encefálico y secuelas motrices en una persona menor de edad, quien deberá recibir atención vitalicia.

Sin ahondar en detalles, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que analiza la recomendación 95/2021 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), por los hechos registrados en octubre de 2018, “periodo correspondiente a una administración distinta a la actual”.

Asimismo, afirma que refrenda su disposición de cooperar permanentemente con los propósitos del órgano garante de los derechos humanos “y de velar por la salud, cuidado y atención oportuna en beneficio de sus derechohabientes”.

La CNDH recibió una queja en la que se señala cómo el 3 de octubre de 2018 se solicitó la atención médica para la persona menor en el área de Urgencias del HGZ-N1, donde el personal médico que le atendió diagnosticó síndrome de Stevens-Johnson, un trastorno grave poco común de la piel y de las membranas mucosas, que comienza con síntomas similares a los de la gripe, seguidos de un sarpullido doloroso que se disemina por todo el cuerpo, por lo que se indicó que debía ser valorada por el servicio de Terapia Intensiva.

La persona internada recibió tratamiento de antibióticos y tópicos para el cuidado cutáneo; sin embargo, dada su condición, se determinó sedarla e intubarla para apoyar su respiración. Días después se presentó un evento adverso de extubación, un paro cardiorrespiratorio, y seis días después se le detectó un edema cerebral grave, por lo que al octavo día de internamiento se solicitó la intervención quirúrgica para atenderlo.

Con las evidencias recabadas, la CNDH constató la inadecuada integración del expediente clínico, al verificarse notas médicas elaboradas fuera de los lineamientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana; se comprobó que la actuación de las personas servidoras públicas fue omisa en proporcionar la atención médica especializada, oportuna y adecuada que se requería y que tampoco se agotaron todos los medios diagnósticos y terapéuticos, más aun tratándose de una persona menor, cuya naturaleza y condición requería de mayores cuidados y atención.

Al no garantizarle con oportunidad la atención médica especializada y que, derivado de ello, actualmente padece discapacidades motrices, afectaciones en su salud física, psíquica y emocional, alterando con ello el desarrollo individual, la CNDH considera que se incumplió el deber de actuar con legalidad, honradez, lealtad y eficiencia en el servicio público, según consta en la Recomendación 95/2021, que puede consultarse en la página web cndh.org.mx.