Los tránsitos ya no podrían quitar placas

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Los tránsitos ya no podrían quitar placas

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La diputada María Isabel González Tovar presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Tránsito del Estado para que los elementos de Seguridad Pública del Estado y los agentes de tránsito municipales, en ningún caso, puedan retener o quitar placas vehiculares o documentos como licencia de conducir y tarjeta de circulación como medida para garantizar el pago de una multa.

“En nuestro estado, la Ley de Tránsito contiene una serie de errores en las denominaciones de otras disposiciones normativas a las que remite, para lo cual se realizan consideraciones y correcciones que deben ser tomadas en cuenta para lograr una efectiva aplicación de la norma”, dijo.

Por ello se propone reformar el artículo 43 en su primer párrafo y se agregan dos párrafos más a dicho artículo para establecer que no se podrán retener documentos o inmovilizar o arrastrar vehículos con la finalidad de conseguir la garantía del pago de una multa, salvo lo dispuesto por los artículos 44, 46 y 87 de esta ley.

En ningún caso, los elementos de Seguridad Pública del Estado y/o los agentes de Tránsito Municipal podrán retener o quitar las placas.

“Además de considerarse inconstitucional, en ninguna parte de la Ley de Tránsito del Estado se define cuáles son los supuestos en los que se pueden retener dichos documentos o la placa, a diferencia de que si se explicara de forma expresa y detallada en qué supuestos se puede hacer eso”, señaló.

La propuesta se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.