Raro, que el apellido materno vaya primero

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Raro, que el apellido materno vaya primero

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A partir del 25 de octubre del 2017, entrara en vigor la reforma al artículo 58 del Código Civil, que permite invertir el orden de los apellidos y da la opción de que el apellido paterno de la madre vaya primero y la directora del Registro Civil, Luz María Lastras Martínez, informó que el año pasado registraron alrededor de 12 casos de ese tipo, situación respaldada en los Derechos Humanos al elegir el orden de los apellidos que la persona quiere que sobresalgan.

Mencionó que esa práctica no resulta muy común, “en años anteriores registramos entre 10 y 12 bebés, y que sus apellidos quedaron invertidos”.

Dijo que el único requisito es que todos los miembros de esa familia lleven los mismos apellidos, eso para no romper la filiación de los hermanos y la intención es que todos los hermanitos se identifiquen con mismos apellidos.

La directora del Registro Civil, aprovechó para recomendar a los padres a no utilizar nombres que puedan causar algún problema a los niños, ya sea porque resulte ofensivo o pueda generar bullying y ocasione inconvenientes en el desarrollo libre de su personalidad