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Un contrato por 13.1 millones de pesos, entregado por la Secretaría de Salud del gobierno estatal una empresa ligada al polémico empresario Gabriel Alan Salazar Soto, fue decidido por órdenes personales de la titular de la dependencia, Mónica Rangel Martínez a través de un precepto legal no aplicable, por lo que podría haber ejercicio indebido de funciones, señaló el periodista Juan José Rodríguez Medina.
En la entrega de su columna “Las Nueve Esquinas” de este día, el periodista revela que en 2017, la SS concedió a la empresa Kubal ZF Comercializadora Integral, S.A. de C.V. un contrato por el servicio de limpieza en varias instalaciones de la dependencia. El monto que recibió la empresa fue de 13.1 millones de pesos.
En una copia del contrato que acompaña la columna, Salazar Soto aparece como representante legal de la empresa.
El empresario está ligado al Grupo Infinite y a otras compañías que se encuentran en problemas financieros, varias de las cuales, han recibido 17 contratos por casi 65 millones de pesos de parte de la Secretaría de Salud.
En este caso, refiere Rodríguez Medina, “los contratos obtenidos por el cuestionado “empresario” Gabriel Alan Salazar Soto en los Servicios de Salud estatales le fueron entregados vía Asignación Directa por instrucciones personales de Rangel Martínez, quien “para hacerlo invocó un artículo legal que no aplica, lo cual a su vez supone un ejercicio indebido de funciones”.
Detalla que el contrato justifica legalmente la asignación directa con la aplicación del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones para el Estado de San Luis Potosí, que le da facultades a la titular de la dependencia para ordenarla, bajo su responsabilidad, “en aquellos casos en que de cuya (sic) resolución inmediata y expedita dependa la preservación del orden social, la continuidad en la prestación de los servicios públicos, la salubridad, la seguridad pública así como en los casos de siniestros o desastres producidos por fenómenos naturales”.
El periodista argumenta que la limpieza de oficinas no pone en riesgo la prestación de los servicios, la salubridad o la seguridad pública y sugiere que no había una “necesidad súbita” de eseamateria, sino que era algo que se sabía con meses de antelación.