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María de Jesús Almendárez Prieto, trabajadora de la Seduvop, padece de falta de limpieza y papel higiénico en su área de trabajo desde hace años, por lo cual, dichas acciones son una “práctica sistemática” de violencia que “debe cesar”, reveló una investigación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
Derivado de ello y acreditaciones de tales hechos, el organismo autónomo local emitió la Recomendación No.06/2020 a Leopoldo Stevens Amaro, titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (Seduvop).
Por acciones violatorias de Derechos Humanos a esa empleada, la CEDH ha emitido otras tres Recomendaciones a la misma dependencia; la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) también dirigió un pronunciamiento al Gobierno del Estado.
La CEDH emitió los documentos: No. 32/2015, el 6 de octubre de 2015; la No. 03/2017, el 15 de mayo de 2017; y la No. 22/2018, el 7 de diciembre de 2018; y la CNDH dirigió la No. 61/201, el 28 de noviembre de 2017.
De acuerdo con la indagatoria, la afectada narró que el expediente de la Contraloría General del Estado relacionados a sanciones a los responsables de los citados señalamientos, no se le han facilitado hasta el 26 de marzo de 2019.
Expuso que el 3 de julio de 2019 denunció que se dejó de realizar la limpieza en su área, generándose acumulación de basura, situación que fue atendida en su momento, pero volvió a presentarse desde el 28 de octubre al 4 de diciembre de 2019.
La documentación enfatizó que, si bien, en el momento de la queja se emitieron las medidas precautorias, existe “evidencia suficiente” de las acciones volvieron a presentarse, es decir, la falta de limpieza y papel higiénico, como el retardo en las observaciones decretadas por la Coepris para el registro y almacenamiento del agua potable.
Según una evaluación clínica, por parte de un psiquiatra, Almendárez Prieto presentó trastorno de estrés postraumático, secundario, tras haber sufrido acoso y abuso sexual por un compañero de trabajo, y haber vivido un proceso legal desde hace siete años.
“Se encontraron elementos suficientes que permitieron acreditar violaciones a los derechos humanos al trato digno en agravio de (Almendárez Prieto), por acciones que afectan el derecho al trato digno, el derecho de la mujer a una vida libre de violencia y el derecho a la no discriminación”, evaluó la CEDH en el expediente 1VQU-409/2019 y sus acumulados.
La CEDH recomendó a Stevens Amaro: reparar el daño de forma integral, colaborar en la inscripción de la empleada en el Registro Estatal de Víctimas, además de permitirle que durante 2 o 3 meses reciba terapia psicológica, sin detrimento de sus percepciones salariales, hasta lograr el pleno restablecimiento de la salud emocional.
Asimismo, reincorporar a la burócrata en el centro de trabajo original asignándole las actividades ordinarias que venía desempeñando antes de la agresión que detonó su salida de su área de adscripción; e investigar y dar una resolución del procedimiento administrativo hacia los servidores públicos inmiscuidos.








