Sólo 3 municipios cuentan con Ley de Justicia Cívica
Es modelo para atender conflictos comunitarios y faltas administrativas en los 59 alcaldias de SLP

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A pesar de que la nueva Ley de Justicia Cívica de San Luis Potosí, plantea establecer un modelo para atender conflictos comunitarios y faltas administrativas en los 59 municipios del estado, actualmente sólo San Luis Potosí, Rioverde y Ciudad Valles cuentan con este sistema, informó el diputado Rubén Guajardo Barrera, impulsor de la legislación aprobada por el Congreso local.
La normativa contempla la creación de Juzgados Cívicos y procedimientos alternativos para resolver conductas que no constituyen delitos, pero que generan conflictos entre ciudadanos. Además, establece que cada ayuntamiento deberá definir, mediante sus reglamentos, el catálogo de infracciones administrativas y las sanciones aplicables dentro de este esquema.
La implementación del modelo no será obligatoria para los municipios, por lo que su adopción dependerá de la decisión de cada ayuntamiento y de la adecuación de sus reglamentos. Guajardo Barrera señaló que buscarán acercamientos con autoridades municipales para promover su incorporación, al considerar que puede ser una herramienta para atender problemas vecinales y comunitarios.
La legislación también ha sido objeto de observaciones por parte de especialistas en materia jurídica, quienes han advertido posibles áreas de riesgo en su aplicación, principalmente por el uso de conceptos generales para definir algunas infracciones administrativas, lo que podría generar interpretaciones distintas entre municipios.
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Entre los puntos señalados se encuentran también la aplicación supletoria del Código Nacional de Procedimientos Penales y las disposiciones relacionadas con la presentación de probables infractores ante los Juzgados Cívicos, al considerar que podrían existir dudas sobre los límites entre una sanción administrativa y procedimientos de carácter penal. La ley fue publicada el 12 de junio de 2026 y establece un periodo para su entrada en vigor, además de un plazo de 180 días para que los ayuntamientos emitan o adecuen sus reglamentos.
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