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Alertan sobre excesos fiscales de Hacienda

Reforma hacendaria propicia fabricación de culpables e indefensión de contribuyentes, advierte el abogado Xavier Castro

Por Martín Rodríguez

Enero 21, 2026 03:00 a.m.

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Alertan sobre excesos fiscales de Hacienda

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público recibió un arma muy potente de persecución selectiva, que aparece en el apartado 49 bis del Código Fiscal de la Federación, en la que se le permite la fabricación de culpables por decreto, porque es una reforma que se basa en presunciones de hechos o situaciones de manera previa a contar con la evidencia de lo contrario, advirtió el abogado y exdelegado Federal de la Secretaría de Economía, Xavier Castro de la Maza.

En entrevista, Castro de la Maza estimó que "la nueva miscelánea fiscal va a causar muchos problemas, si es que la autoridad decide perseguir selectivamente a algunos contribuyentes", y para declarar la nulidad de un proceso así, no hay mucho que hacer a nivel del Poder Legislativo, con excepción de alguna decisión que les determine echar abajo esa reforma fiscal.

Castro de la Maza añadió que no hay mucha reglamentación en la reforma del artículo, con la salvedad de que sea necesario corregir algunos excesos, pero ya están establecidas las reglas del juego y ya están diseñados los procedimientos fiscales.

Explicó que la reforma privará a los gobernados de la posibilidad de defenderse y demostrar su inocencia, porque los deja en un estado de indefensión y de inseguridad jurídica.

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El artículo 49 bis le permite a la SHCP realizar visitas sorpresa, apoyada con personal que lleve cámaras y grabadoras para documentar en tiempo real las operaciones de una persona física o moral. Además, le permitirá verificar que las operaciones amparadas por facturas sean reales y no una simulación y en su caso si algún contribuyente no permite que autoridad fiscal recabe las evidencias, la primera parte de la presunción de culpabilidad será una acusación de presunción de emisión de facturas falsas. Entre las sanciones previstas están penas de 2 a 9 años de prisión a los acusados, que quedarán sujetos a prisión preventiva oficiosa, la suspensión de los sellos digitales y el bloqueo de la facturación.