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201 árboles y una confesión

Por Luis González Lozano

Agosto 29, 2026 03:00 a.m.

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      Los árboles del río Santiago no cayeron por accidente. No los venció una tormenta ni una enfermedad. Fueron condenados en un expediente administrativo y ejecutados por la maquinaria del Gobierno del Estado.

      Ahora existe algo que SEDUVOP ya no puede negar: su propia confesión.

      En los oficios DT/244/2025 y DT/249/2025, la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas reconoció que el acto reclamado en el amparo 614/2025-III consiste, esencialmente, en el derribo de árboles urbanos ocurrido durante 2024. La dependencia asegura que actuó conforme a la ley, pero también pretende que el juicio termine porque la destrucción constituye un "acto consumado".

      La desfachatez jurídica es notable: primero se ocasiona el daño y después se utiliza su consumación como argumento para escapar del control constitucional. Y sin proponer medidas de remediación.

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      El expediente contiene otra admisión. La Coordinación de Ecología de Soledad de Graciano Sánchez reconoció que, mediante el oficio MSGS/ECO/011/2024, autorizó a SEDUVOP el derribo de 201 árboles ubicados en los márgenes derecho e izquierdo del cauce del río Santiago. La propia autorización señala que los ejemplares "tienen apariencia de estar sanos".

      La pregunta resulta inevitable: si aparentaban estar sanos, ¿cuál era la urgencia de derribarlos? ¿Dónde está el dictamen individual elaborado por un perito acreditado? ¿Dónde se demostró que representaban un peligro, que era imposible integrarlos al proyecto o que no podían trasplantarse? ¿Dónde está la evaluación de impacto ambiental previa?

      En el juicio no se ha acreditado una manifestación y autorización de impacto ambiental que, antes de iniciar la obra, evaluara sus efectos sobre el río, el arbolado y los servicios ambientales. Tampoco aparece el dictamen técnico exigido para justificar el derribo, ni un estudio serio de alternativas que privilegiara la conservación, el rediseño o el trasplante.

      La legislación ambiental es preventiva. Su función no consiste en bendecir posteriormente lo destruido, sino en obligar a estudiar, prevenir y reducir el daño antes de que lleguen las motosierras y el concreto. Una simple opinión administrativa no sustituye una evaluación ambiental; un permiso de obra tampoco autoriza a eliminar un ecosistema ribereño.

      Este caso tampoco enfrenta movilidad contra medio ambiente. Esa es una disyuntiva falsa utilizada para desacreditar cualquier exigencia de legalidad. Las vialidades pueden y deben planearse con ciencia, participación ciudadana e infraestructura verde. Lo que no puede llamarse desarrollo es gastar más de mil millones de pesos en una obra que sacrifica árboles maduros, altera el cauce y después pretende regularizar sus consecuencias. 

      Por ello, Cambio de Ruta y el suscrito promovimos el amparo 614/2025-III ante el Juzgado Sexto de Distrito. La suspensión judicial continúa protegiendo el arbolado y la vegetación del tramo comprendido entre El Palmar y Palma de la Cruz, mientras las autoridades no acrediten las autorizaciones exigidas por la ley.

      El amparo no pretende regresar mágicamente los árboles derribados. Busca algo que el Gobierno quisiera evitar: determinar responsabilidades, impedir nuevas afectaciones, ordenar la restauración ambiental y demostrar que una autoridad no puede beneficiarse de su propia ilegalidad.

      Un árbol adulto no se reemplaza sembrando tres varas en una fotografía oficial. La restitución ambiental exige especies adecuadas, suelo, agua, mantenimiento, supervivencia verificable y seguimiento durante años. Reforestar no es posar con una pala; es reparar un ecosistema.

      En el San Luis Potosí de la herencia maldita verde encabezada por el gobernador, la legalidad ambiental parece funcionar al revés: primero se derriba, después se improvisa la justificación y finalmente se pide al juez que cierre los ojos porque el daño ya está hecho. Eso no es desarrollo ni obra pública. Es impunidad operada con maquinaria pesada.

      Pero esta vez habrá ojos ciudadanos.

      Delírium Trémens.- El viernes 4 de septiembre de 2026, a las 10:00 horas, se realizará la inspección judicial en el tramo del río Santiago materia del amparo. Personal del Juzgado Sexto de Distrito recorrerá el sitio, levantará un acta circunstanciada y tomará fotografías de lo que encuentre.

      Convocamos a medios de comunicación, organizaciones ambientales, especialistas, universidades, colectivos, vecinos y ciudadanía en general a acompañar, observar y documentar pacíficamente esta diligencia. La justicia ambiental también se construye con vigilancia pública.

      Porque un Gobierno puede esconder documentos, retrasar juicios y fabricar discursos. Lo que no puede ocultar para siempre son 201 ausencias.

      @luisglozano