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Publica Segam normas para regulación de ladrilleras

Contienen los lineamientos técnicos para la ubicación, instalación y operación

Por Rubén Pacheco

Enero 22, 2026 03:00 a.m.

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Publica Segam normas para regulación de ladrilleras

Después de años de exigencias ciudadanas para que exista un marco regulatorio, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam), anunció la elaboración de lineamientos técnicos para la regulación, ubicación, instalación y operación de ladrilleras y fabricación de productos de arcilla refractaria.

Al publicarse la Norma Técnica Ecológica Estatal NTE-SEGAM-003/2025 en donde catalogó a las ladrilleras como unidades productoras de piezas elaboradas con arcillas, precisó 13 consideraciones, en las cuales, no deberán ubicarse los puntos de elaboración.

Entre ellas, se encuentran: dentro de las zonas urbanas; ubicarse a menos de 300 metros de extracción de agua para uso doméstico, industrial, riego y ganadero; a una distancia menor de mil metros de vías generales de comunicación como carreteras pavimentadas con transporte continuo de paso o vías ferroviarias; o dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANP).

Para operar, deberán destinar como mínimo el 10% de la superficie de su predio para plantar y/o conservar árboles y arbustos de especies nativas de la región; y elaborar una bitácora con información detallada de la producción.

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La disposición especificó que, en el caso particular de producción de ladrillo, el aserrín sólo se utilizará en la preparación de la mezcla y no como combustible; y los únicos combustibles permitidos corresponden a gas natural y gas licuado de petróleo (LP).

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