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Se castigará el abandono de vulnerables

Ministerio Público perseguirá "de oficio" la omisión de cuidados, según la reforma legislativa

Por Redacción

Mayo 11, 2026 03:00 a.m.

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Se castigará  el abandono de vulnerables

Derivado de una reciente reforma legislativa que entró en vigor, ante cualquier abandono de una niña, niño o adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad, teniendo la obligación de cuidarlas, el Ministerio Público iniciará una carpeta de investigación de oficio.

Ministerio Público inicia investigación por abandono de personas vulnerables

En el caso de las y los adultos mayores, se le privará del ejercicio de la patria potestad o de la tutela y del derecho a heredar respecto de la persona abandonada.

Una vez acreditado el ilícito, al criminal se le impondrá una pena de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización (UMA), equivalente de 35 mil 193 a 111 mil 731 pesos.

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Sanciones y penas por abandono en establecimientos de asistencia

La misma obligatoriedad de indagar de oficio será aplicable cuando quien o quienes estando a cargo de un establecimiento público o privado, en que se brinde asistencia integral a adultos mayores, no la proporcione de manera adecuada y oportuna.

Una vez probado dicho delito, se les impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de 200 a 500 UMAs, es decir, de 23 mil 642 a 58 mil 655 pesos más la reparación del daño.

En el caso de que el abandono traiga como consecuencia la muerte de la persona, se aplicarán las penas que el Código Penal del Estado contempla para el homicidio por omisión.