logo pulso
PSL Logo

En la SCJN, reforma sobre responsabilidad por aborto en SLP

El Ejecutivo Federal, CNDH y CEDH promovieron impugnaciones contra cambios en el Código Penal estatal

Por Ana Paula Vázquez

Agosto 11, 2026 11:02 a.m.

A
En la SCJN, reforma sobre responsabilidad por aborto en SLP
¿Quieres resumir esta noticia?

Resumen

Destacados

    Preguntas y respuestas

      La reforma que eliminó del Código Penal de San Luis Potosí una causal de exclusión de responsabilidad penal por aborto, cuando estuviera en riesgo la vida de una mujer embarazada fue impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

      La Corte admitió a trámite tres acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Ejecutivo Federal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

      El decreto 0007, publicado el 12 de noviembre de 2024 en el periódico oficial Plan de San Luis, derogó la fracción III del artículo 150 del Código Penal estatal. Esta establecía que no habría responsabilidad penal cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corriera peligro de muerte, a juicio del médico que la atendiera y con el dictamen de otro médico. El mismo decreto agregó una fracción IV al artículo 148, modificación que también fue impugnada por la CEDH.

      Con el cambio, el artículo 150 quedó con dos causales de exclusión de responsabilidad penal: la fracción I, cuando el aborto sea resultado de una acción culposa de la mujer o gestante, y la fracción II, cuyo contenido no transcribe el acuerdo de la Corte.

      ¡Sigue nuestro canal de WhatsApp para más noticias! Únete aquí


      Las impugnaciones corresponden a los expedientes 185/2024, 187/2024 y 192/2024, promovidos respectivamente por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, entonces encabezada por Ernestina Godoy Ramos; la CNDH, presidida por María del Rosario Piedra Ibarra, y la CEDH, a cargo de Giovanna Itzel Argüelles Moreno.

      Como parte del trámite, el ministro instructor Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena ordenó al Congreso y al Ejecutivo de San Luis Potosí presentar sus informes en un plazo de 15 días hábiles. El Legislativo deberá entregar los antecedentes de la reforma, incluidas iniciativas, dictámenes, actas de sesión y diario de debates, mientras que el Ejecutivo tendrá que remitir copia certificada de su publicación. También se dio vista a la Fiscalía General de la República (FGR).

      LEA TAMBIÉN


      Mujer pide asesoría a GCE tras un aborto espontáneo

      Una mujer acudió este miércoles a las oficinas centrales de la Guardia Civil Estatal (GCE) para solicitar asesoría, derivado que presentó un aborto espontáneo, informó Jesús Juárez Hernández, titular ...

      El acuerdo fue dictado el 20 de enero de 2025 y también incorporó escritos de quienes se ostentan como integrantes del Instituto O´Neill para el Derecho y la Salud Nacional y Global de la Universidad de Georgetown, presentados como amicus curiae.

      La figura permite que personas o grupos ajenos al juicio aporten opiniones técnicas, datos o argumentos jurídicos.

      La Corte señaló que estos elementos podrán ser considerados al momento de resolver las acciones de inconstitucionalidad.